Tesis y Jurisprudencias

Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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No obstante que el acta adolece de falta de fundamentación y motivación, en el presente caso, la nulidad debe declararse lisa y llana, toda vez que se está en presencia de una violación substancial, ya que el artículo 16 Constitucional señala las facultades de las autoridades administrativas para practicar visitas, mismas que se deben de efectuar sujetándose a las leyes respectivas y con las formalidades prescritas para los cateos, y al no cumplirse con dichas formalidades transgreden lo estipulado en el referido artículo 16 Constitucional;...

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Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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Como ha quedado demostrado, no fue realizada la notificación del mandamiento escrito de autoridad competente, previamente a la realización del requerimiento y embargo, lo que contraviene a lo dispuesto por los artículos 16 de la Constitución Política Federal y el 244 de la Ley de Hacienda Municipal, dejándole en estado de indefensión, razón por la que es de declararse la nulidad del acto o resolución. impugnada, toda vez que evidentemente se le causaron agravios al actor al no haberse practicado la notificación del mandamiento escrito que...

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Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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En efecto, la demandante en el presente Juicio de Nulidad hizo valer como concepto de nulidad que la resolución reclamada le fue notificada a persona distinta a la autorizada para ello, situación que acreditó la demandante, ya que se advierte de la resolución referida, se notificó a una persona determinada omitiendo citar el carácter de la misma y si se encontraba facultada para tal efecto, contraviniendo lo dispuesto por los artículos 242 fracción I de la Ley de Hacienda Municipal que dispone que las notificaciones de los citatorios,...

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Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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En efecto, la demandante en el presente Juicio de Nulidad hizo valer como concepto de nulidad que la resolución reclamada no le fue notificada en el domicilio donde tiene establecidas sus oficinas, lo que se corrobora con la propia acta de notificación, pues en la misma no se estableció el domicilio en que fuera practicada dicha diligencia, lo que desde luego contraviene, lo dispuesto por el artículo 244 en relación al artículo 33 de la ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco, los que establecen que la notificación deberá ser...

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Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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En efecto, la demandante en el presente Juicio de Nulidad hizo valer como concepto de nulidad que la resolución reclamada le fue notificada a persona distinta a la autorizada para ello, situación que acreditó, ya que se advierte de la resolución referida, se notificó a una persona determinada omitiendo citar el carácter de la misma y si se encontraba facultada para tal efecto, contraviniendo lo dispuesto por los artículos 242 fracción I de la Ley de Hacienda Municipal que dispone que las notificaciones de los citatorios, emplazamientos,...

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Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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La notificación es el medio previsto en la Ley por la que las autoridades administrativas dan a conocer al administrado en forma legal un acto administrativo, y éste sea el punto de partida para que el gobernado haga valer sus derechos y cumpla con sus obligaciones, y si se desconoce el nombre y domicilio del afectado es indispensable demostrar que se llevaron a cabo gestiones para tratar de averiguarlo, una vez realizadas estas diligencias y que consten en el procedimiento, dichas notificaciones se harán a través de edictos. Sin embargo,...

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Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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Si bien la autoridad demandada señala que el acto que se impugna no es la resolución propiamente dicha en la cual se está imponiendo una obligación fiscal a cargo del particular, sino únicamente un medio de comunicación por el cual se le hace saber de la existencia de dicha obligación fiscal, y que por tanto, no puede considerarse que es un acto definitivo mediante el cual se esté afectando su esfera jurídica y que sea susceptible de ser impugnado mediante el Juicio de nulidad; se tiene sin embargo, que no puede ser una mera respuesta o...

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Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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Es deber del notificador o ejecutor fiscal encargado de realizar la diligencia respectiva mediante la que se entera al particular de un acto o resolución dictada por la autoridad imponiéndole una obligación fiscal, el cerciorarse de que se realiza la notificación en el domicilio correcto del contribuyente y ante el representante legal o debidamente facultado de la entidad particular a la que se notifica. De Igual forma, al hacer el requerimiento de pago y embargo a fin de cubrir un crédito fiscal a cargo del particular, se deben de...

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Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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Si el artículo 67 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, condiciona la procedencia del juicio a que se impugnen actos de las autoridades dependientes del Poder Ejecutivo Estatal, de los Municipios y de los organismos descentralizados, cuando éstos actúen como autoridades, que causen agravio a los particulares, dicho medio de defensa es improcedente para impugnar sanciones impuestas a los notarios por violaciones a la Ley del Notariado del Estado de Jalisco, porque en ese caso no se está ante un acto...

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Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 03/08/2013

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La actividad de un Notario Público tiene el carácter de ser una función pública delegada por el Estado a través del Titular del Poder Ejecutivo, para dar fe de actos, negocios y hechos jurídicos a los que se deba o quiera dar autenticidad o seguridad jurídica conforme a las leyes, siendo esta actuación de orden publico, y por ende, no ejerce una profesión, ni mucho menos una actividad mercantil, sino desempeña una función pública. Por ello, no se actualizan los presupuestos de los artículos 37 fracción I y 140 de la Ley de Hacienda Municipal...

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